Toluca

AVALAN COMISIONES LEGISLATIVAS MULTAS A SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ILEGAL

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AVALAN COMISIONES LEGISLATIVAS MULTAS A SERVICIO

DE TRANSPORTE PÚBLICO ILEGAL

 

  • En sesión de trabajo aprobaron también reformas para la protección de menores víctimas del delito y sancionar la violencia familiar contra adultos mayores.

 

  • Además, limitar a 12 meses el pago de salarios caídos de servidores separados del cargo por estar sujetos a proceso.  

 

  • De igual forma, avalaron reformas para homologar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México con la Ley General en la materia.

 

Las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia aprobaron reformas para aplicar multas de 500 a dos mil veces el salario mínimo general vigente a quien preste el servicio público de transporte sin la concesión o permiso correspondiente, o sin la cromática respectiva, y sea reproducida o utilizada por vehículos no concesionados; sobre todo tratándose del exclusivo para mujeres, mejor conocido como “transporte rosa”.

Conforme a la iniciativa del gobernador Eruviel Ávila Villegas, que modifica los códigos Administrativo y Penal de la entidad, el dictamen establece que los particulares y las empresas concesionarias del transporte público cumplan con la cromática impuesta y evitar que sea usada de manera ilegal.

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AVALAN COMISIONES LEGISLATIVAS MULTAS A SERVICIO

DE TRANSPORTE PÚBLICO ILEGAL

 

  • En sesión de trabajo aprobaron también reformas para la protección de menores víctimas del delito y sancionar la violencia familiar contra adultos mayores.

 

  • Además, limitar a 12 meses el pago de salarios caídos de servidores separados del cargo por estar sujetos a proceso.  

 

  • De igual forma, avalaron reformas para homologar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México con la Ley General en la materia.

 

Las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia aprobaron reformas para aplicar multas de 500 a dos mil veces el salario mínimo general vigente a quien preste el servicio público de transporte sin la concesión o permiso correspondiente, o sin la cromática respectiva, y sea reproducida o utilizada por vehículos no concesionados; sobre todo tratándose del exclusivo para mujeres, mejor conocido como “transporte rosa”.

Conforme a la iniciativa del gobernador Eruviel Ávila Villegas, que modifica los códigos Administrativo y Penal de la entidad, el dictamen establece que los particulares y las empresas concesionarias del transporte público cumplan con la cromática impuesta y evitar que sea usada de manera ilegal.

Con la presidencia del legislador Apolinar Escobedo Ildefonso (PRI), ambas comisiones avalaron también mejorar los procedimientos que garanticen a los menores víctimas del delito o que participen en un procedimiento, condiciones que preserven su integridad emocional y psicológica, así como reformas para sancionar la violencia familiar cometida contra adultos mayores.

En cuanto a la reforma para ampliar la protección de los derechos de los menores víctimas del delito, propuesta por la diputada Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes (PAN) y que reforma el Código de Procedimientos Penales, establece, entre otras acciones, que durante el proceso penal, en el que participen menores, se les evite tener contacto con el victimario durante el desahogo de pruebas, se impida la repetición de peritajes, se les asista durante declaraciones o testimonios de psicólogos y se videograben para evitar su repetición.

Asimismo, que se habiliten espacios apropiados para que los menores no sufran presiones emocionales y no se les apremie para señalar presuntos culpables, además de estar acompañados por un adulto de confianza cuando sean testigos en un proceso. En general, se trata de hacer valer el interés superior del menor cuando se encuentre en estas circunstancias.

Por otro lado, avalaron sanciones de tres a cinco años de prisión y de 100 a 300 días multa, así como la pérdida de los derechos hereditarios para quien tenga el deber de cuidar o asuma bajo su cuidado a un adulto mayor de 60 años, y condicione alimentos, vivienda, la administración de sus propios bienes o asistencia médica, a cambio de la transmisión de la propiedad o del uso y disfrute de bienes o valores del adulto mayor.

Esto, de acuerdo con la iniciativa del legislador Alonso Adrián Juárez Jiménez (PAN), que modifica el Código Penal estatal para perfeccionar la tutela del estado de los adultos mayores.

FIJAN EN 12 MESES PERIODO MÁXIMO DE SUELDOS CAÍDOS

A fin de establecer en 12 meses el periodo máximo de haberes, sueldos, salarios caídos o dejados de percibir por un servidor público que haya sido suspendido, separado o removido del cargo como consecuencia de una condena dictada en sentencia, las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como de Seguridad Pública y Tránsito avalaron la iniciativa que reforma la Ley de Seguridad del Estado de México.

                HOMOLOGAR LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA CON LEGISLACIÓN GENERAL

Las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y para la Igualdad de Género avalaron la iniciativa de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, con el propósito de homologarla con la legislación general en la materia y acuerdos internacionales.

            La adición a la fracción III al artículo 29 y la creación del artículo 31 Bis de dicho ordenamiento jurídico establece que una de las principales necesidades para el reconocimiento de los derechos humanos, particularmente los de las mujeres mexiquenses, es traducir a la legislación interna los acuerdos internacionales y la homologación de la normatividad del Estado de México vigente de conformidad con los compromisos asumidos en la agenda internacional suscritos por el gobierno de México.

Por ello, se considera necesario homologar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, específicamente en el capítulo VI de las Órdenes de Protección.

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