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A LA OPINION PUBLICA

A LA OPINION PUBLICA
Escudados en un juicio que inicio en 2002 y que se ganó en 2006 la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, realizo un cambio de nómina que era lo que indicaba la resolución del laudo, aplicándolo la segunda quincena de Agosto.
Sin embargo, atentando contra los derechos de los empleados se realizó tambien un cambio de nivel salarial, afectando significativamente el salario que se percibe, asi como las prestaciones adquiridas y aplicando una retroactividad no procedente, despojando de sus percepciones al personal afectado. Situación totalmente fuera de normatividad y anticonstitucional, ya que quien es conocedor de las leyes ( por lo visto los funcionarios de la SSPDF NO) sabe que no se puede reducir el salario que se ha conseguido, ni ninguna prestación ganada después de un tiempo de contar con ella, sobre todo cuando se siguen realizando las mismas funciones en las mismas condiciones laborales.

A LA OPINION PUBLICA
Escudados en un juicio que inicio en 2002 y que se ganó en 2006 la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, realizo un cambio de nómina que era lo que indicaba la resolución del laudo, aplicándolo la segunda quincena de Agosto.
Sin embargo, atentando contra los derechos de los empleados se realizó tambien un cambio de nivel salarial, afectando significativamente el salario que se percibe, asi como las prestaciones adquiridas y aplicando una retroactividad no procedente, despojando de sus percepciones al personal afectado. Situación totalmente fuera de normatividad y anticonstitucional, ya que quien es conocedor de las leyes ( por lo visto los funcionarios de la SSPDF NO) sabe que no se puede reducir el salario que se ha conseguido, ni ninguna prestación ganada después de un tiempo de contar con ella, sobre todo cuando se siguen realizando las mismas funciones en las mismas condiciones laborales.
Además se atentó contra los derechos humanos del trabajador, ya que nunca hubo por parte de la institución ninguna notificación o aviso previo al hecho, hasta que el empleado acude a firmar su recibo y verifica su depósito y se da cuenta que el salario devengado por un trabajo ya realizado no existe.
No omito mencionar que los trabajadores afectados son los que tienen una antigüedad mayor a 20 años, lo que implica que al hacer el cambio de nómina se pierde la antigüedad y la posibilidad de jubilarse en poco tiempo.
Y que dice de esto el Secretario de Seguridad Publica del D.F. Jesus Rodriguez Almeida y el Dr. Miguel Angel Mancera de esta violacion y privacion de los derechos humanos de su personal administrativo que soberviamente violentan las garantias individuales constitucipnales la ley burocratica . La ley federal del trabajo. Y las condicipnes generales del trabajo. Y que quizas losvtribunales de lo contencioso federal y del df y asi como la junta de consiliacion y arbitraje laboral ignorando esto al igual que la prensa.

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